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El 24 de diciembre es la fecha tope para el pago del décimo.


El pago del décimo tercer sueldo o bono navideño para los trabajadores en relación de dependencia, del sector privado o público, se deberá concretar hasta el 24 de diciembre.


El bono comprende la doceava parte de todo lo ganado durante el año calendario, según el artículo 111 del Código de Trabajo.

Para efectos del cálculo se considera desde 1 de diciembre del año pasado hasta el 30 de noviembre de este año.

El trabajador puede escoger mensualizar este valor.


Sanciones

Si el trabajador no recibe su décimo tercero el empleador puede ser sancionado por el Ministerio de Trabajo. También puede presentar una denuncia ante un juez laboral por el incumplimiento.


Si está vigente la relación laboral puede hacerlo mediante un juicio monitorio, conforme consta en el Código Orgánico General de Procesos (Cogep), que tiene por objeto cobrar remuneraciones o este tipo de bonificaciones impagas.


FUENTE: eldiarioec

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